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Sábado, 30 de noviembre de 2013
Consejos fiscales antes de terminar el año

Recientemente el diario Asturiano "La Nueva España" ha publicado un artículo muy interesante sobre que podemos hacer antes de que termine el 2013 para abaratar la próxima "factura fiscal".


Redacción Aunque queda un mes para que se cierre el año, el 2013 ofrece todavía posibilidades, utilizando de forma conveniente las deducciones, para ahorrar hasta 3.591 euros en la declaración de la renta. Aportaciones a los planes de pensiones, deducciones por vivienda, inversiones en empresas de emprendedores o contribuciones a ONG ofrecen una última oportunidad a los contribuyentes.

"Un contribuyente puede estar dejando de ahorrar de media 3.591 euros en su declaración de la renta por no acogerse antes de que termine el año a algunas de las deducciones más comunes y no aprovechar los cambios introducidos en la ley del IRPF", según se indica desde la asociación de técnicos del ministerio de Hacienda (Gestha).

Entre las deducciones a las que pueden acogerse los contribuyentes en la recta final de año, se aconseja realizar un adelanto de parte de la hipoteca, que puede reportar un ahorro fiscal de hasta 624 euros adicionales, eso sí, para quienes realizaron la compra de vivienda habitual antes del 1 de enero de 2013, cuando todavía existía este incentivo fiscal, ya desaparecido para viviendas adquiridas a partir de este ejercicio.

A esta deducción se suman otras como la afiliación y donativos a las ONG y a otras entidades sin ánimo de lucro, que reducirían la tributación entre un 25% y un 10% de su importe, que llegaría al 30% cuando se trata de donaciones a programas prioritarios de mecenazgo, como la conservación, restauración o rehabilitación de los bienes del Patrimonio Histórico. Incluso existe la posibilidad de realizar un aumento de la aportación a partidos políticos, por el que se podría obtener un ahorro de hasta 115 euros.

Sin embargo, aunque todos los contribuyentes pueden optimizar su declaración en función de su renta, los técnicos de Hacienda advierten de que son precisamente el 3,5% de los contribuyentes con mayores ingresos (aquellos que ganan más de 60.000 euros anuales) los que acaparan las mayores ventajas fiscales, por lo que la media de ahorro no representa realmente al ciudadano medio.

De hecho, el ahorro declarado con las cinco deducciones más comunes del IRPF se extiende desde los 1.357 euros de un asalariado mileurista hasta los 1.952 euros en el caso de ganar 30.000 euros anuales. Mientras alguien que ingresa más de 150.000 euros se está deduciendo unos 5.705 euros de media, y quien disfruta de mayores ingresos consigue deducirse una media de 8.294 euros.

Para reducir al máximo la factura fiscal de la declaración de 2013, que se deberá presentar en junio de 2014, los técnicos de Hacienda han elaborado un Decálogo de consejos fiscales para ponerlo en práctica antes de final de año.

Planes de pensiones

Durante los últimos días del año se pueden realizar aportaciones a un plan de pensiones, particularmente en 2013 y previsiblemente en 2014, ejercicios en los que se han aumentado las tarifas del impuestos sobre la renta desde 0,75 a 7 puntos porcentuales adicionales, dependiendo del nivel de ingresos. Estas aportaciones permiten un ahorro fiscal que va desde un 24,75% hasta un 52% de la inversión realizada.

La ventaja es mayor este año y el próximo. La cantidad límite que se puede aportar a este tipo de planes es de 10.000 euros, si bien aumenta hasta los 12.500 euros cuando el partícipe tiene más de 50 años. Además, este límite no puede superar el 30% de los rendimientos del trabajo y actividades económicas o el 50%, para los mayores de 50 años. Por otro lado, si el cónyuge no dispone de rentas netas del trabajo ni de actividades económicas o no son superiores a los 8.000 euros, los técnicos aconsejan realizar aportaciones a un plan de
pensiones a su nombre por un máximo de 2.000 euros.

Deducción por vivienda habitual

Los contribuyentes que hubieran adquirido su vivienda habitual, o realizaran algún pago para su construcción antes del 1 de enero de 2013, mantienen el derecho a la desgravación en el 2014 y sucesivos siempre que hubieran deducido por esta vivienda en 2012 o en años anteriores. Además, pueden deducirse hasta el 15% de las cantidades invertidas con un límite de inversión de 9.040 euros.

Así, puede resultar interesante realizar un pago adicional para amortizar la hipoteca o en relación con la  construcción de la vivienda (en este último caso hay un plazo de cuatro años para terminarla) antes de que acabe el año, siempre teniendo en cuenta el límite señalado.

Rehabilitación o adaptación

Los contribuyentes que hayan satisfecho cantidades antes del 1 de enero de 2013 para ampliar la superficie
habitable de la vivienda habitual o llevar a cabo obras para su rehabilitación o adaptación para las personas con discapacidad, pueden continuar deduciendo los importes pagados este año, siempre que las obras estén terminadas antes del 1 de enero de 2017.

La desgravación ascenderá al 15% del importe invertido con un límite de inversión anual de 9.040 euros
para ampliación y rehabilitación, mientras que la deducción para obras de adaptación de personas con discapacidad es del 20%, con un límite de 12.080 euros.

Venta de acciones y bienes

Las plusvalías obtenidas por el contribuyente como consecuencia de alguna transmisión patrimonial en un plazo inferior a un año tributan en la base general, que es más progresiva y, por tanto, grava más a las rentas altas. Sus tipos oscilan entre el 24,75% y el 56%. En cambio si la venta se efectúa después de un año de la adquisición del bien, tributará en la base especial con tipos más fijos, que varían del 21% al 27%.

Así, si el contribuyente quiere vender un bien determinado que posea desde hace menos de un año a 31 de
diciembre de 2013, los técnicos de Hacienda aconsejan esperar a que pase más de un año desde la  adquisición para realizar su venta y así tributar a tipo fijo en la renta del ahorro, salvo que el resto de sus
rentas sean bajas y le pudiera convenir tributar en la base general.

Plusvalías por venta de vivienda

Si el contribuyente ha vendido su casa este año, la ganancia que haya obtenido tributará entre el 21% y el 27% de su importe. Pero existe una forma de neutralizar este pago: reinvirtiendo total o parcialmente el importe en otra vivienda de carácter habitual.

Pago a sindicatos, ONG y partidos

La contribución a colegios de huérfanos o entidades similares, cuotas sindicales, de colegios profesionales obligatorias (éstas últimas con un límite de 500 euros) o de defensa jurídica contra el empleador, pueden reducir los rendimientos hasta 300 euros. También los donativos a ONG, fundaciones, asociaciones de utilidad pública, pidiendo siempre un recibo o certificado con sus datos identificativos, fecha e importe.

Cuenta ahorro-empresa

A todos los emprendedores que se animen a poner en marcha un negocio antes de cuatro años mediante una Sociedad Limitada Nueva Empresa, Gestha les recuerda que pueden aumentar las aportaciones a una cuenta ahorro-empresa, que permite deducirse el 15% de las aportaciones, hasta el límite de 9.000 euros anuales. Esto puede suponer un ahorro adicional de 357 euros sobre las deducciones medias que se declaren.

Inmuebles hipotecados

Los inmuebles adquiridos mediante créditos hipotecarios en la época del ´boom´ inmobiliario, habitualmente
a precios elevados y que suelen estar vacíos, suponen un aumento de la factura fiscal en el IRPF porque el 1,1% de su valor catastral (incluso el 2% si éste no está revisado) se considera como un ingreso a ojos de Hacienda, algo que no se aplica en el caso de la vivienda habitual.

Los técnicos señalan que en los casos en los que los intereses abonados anualmente por el contribuyente a la entidad financiera más los restantes gastos del inmueble (comunidad, IBI, amortización, etc) superen el importe anual que el dueño recibe por su alquiler, la tributación por el IRPF no sólo será nula, sino que además puede generar rendimientos negativos que se compensen con otras posibles rentas que declare el contribuyente.

Incentivos para el 'capital semilla'

Amigos y familiares de quienes quieran sacar adelante una empresa tendrán una recompensa fiscal. La ley de Emprendedores, aprobada el pasado mes de septiembre, establece con efectos desde enero de este año un nuevo incentivo fiscal en el IRPF a favor de los 'business angels' o de las personas que sólo están interesadas en aportar capital para el inicio de una actividad o 'capital semilla', de modo que se puedan crear nuevas empresas incorporando a su accionariado a estos inversores por un plazo de entre tres y doce años.

Este tipo de inversiones permite una deducción del 20% en la cuota estatal del IRPF de la inversión al suscribir las acciones o participaciones de la sociedad, siendo 50.000 euros anuales la base máxima de la deducción, limitada a una participación nunca superior al 40% del capital de la entidad.

Fuente: La Nueva España.
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