SUBVENCIONES A PROYECTOS DE INVERSIÓN DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS EN CANARIAS PARA EL AÑO 2014
Objeto de la subvención:
El objeto de la subvención es fomentar el desarrollo de nuevos proyectos en empresas de nueva creación o ya existentes con el fin de aumentar la productividad y competitividad de las mismas. En el caso de los proyectos de empresas de nueva creación, éstas han de generar empleo, y en el resto de los proyectos, las empresas tendrán que contar con uno o más empleados.
Los puestos de trabajo de nueva creación estarán cubiertos con alguno de los tipos de contratos indicados a continuación:
- Contratos indefinidos de apoyo a los emprendedores.
- Contratos indefinidos, por jornada completa y a tiempo parcial.
- Contratos de fijo discontinuo.
- Contratos para el fomento de la contratación indefinida.
- Contratos formativos: en prácticas y para la formación.
No serán tenidos en cuenta los trabajadores autónomos, socios de las personas jurídicas o empresarios individuales personas físicas en el cómputo del número de empleados.
La empresa deberá mantener los puestos de trabajo de los proyectos de tipo A durante un periodo mínimo de dos años contados a partir del 31 de octubre de 2014.
Estos puestos de trabajo de nueva creación deberán ser contratados de entre demandantes de empleo inscritos como desempleados en el Servicio Canario de Empleo, con al menos seis meses de antigüedad a la fecha efectiva de la contratación.
Sectores incentivables:Industria, construcción, turismo, comercio, transportes y de servicios en general.
Proyectos Subvencionables:
A) Creación de una empresa.
B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente.
C) Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial:
1) Realización de Proyectos de Desarrollo Tecnológico aplicado.
Estos proyectos podrán abarcar la creación del nuevo producto o proceso, las pruebas experimentales y ensayos necesarios para su concreción y la elaboración de prototipos (no comercializables) previos al inicio de la explotación industrial y comercial. Estos proyectos tienen que implicar la creación o mejora sustantiva de un proceso productivo y/o producto.
2) Apoyo a la Implantación, Certificación Tecnológica y Certificación de acuerdo con las normas UNE 166.001 –Proyectos de I+D+I y UNE 166.002 –Sistemas de Gestión de la I+D+I y a la implantación y Certificación de Sistemas de Gestión Ambiental (Norma UNE-EN-ISO 14001), de sistemas de Gestión de Calidad (Norma UNE-EN-ISO-9001) cuando acompañe a la anterior, Excelencia Empresarial EFQM y Sistemas de Gestión de la Seguridad de la Información (Norma ISO 27001 O eventuales desarrollos posteriores).
Gastos Subvencionables:
Para los proyectos de tipo A) Creación de una empresa y B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente:
a) Gastos de constitución y primer establecimiento.
b) Bienes de equipo, entendiéndose por tales el equipamiento necesario para desarrollar la actividad.
c) Acondicionamiento de local.
Para los proyectos tipo C) Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial:
a) Inversiones materiales o inmateriales.
b) Colaboraciones externas
c) Gastos de personal técnico interno.
Dotación económica:2.000.000 euros (FEDER y CAC), distribuido:
A) Creación de una empresa: 800.000 euros.
B) Mejorar la productividad y competitividad de una empresa ya existente, y C), Apoyo a la innovación en los ámbitos tecnológico, organizativo y de gestión empresarial: 1.200.000 euros.
No obstante, se podrá destinar mayor importe del indicado a cada tipo de proyecto en función del número y la cuantía de los proyectos considerados subvencionables.
La dotación inicial podrá incrementarse a la vista de los expedientes presentados, siempre que exista cobertura económica para llevarla a cabo y se realice antes de la resolución.
Límite máximo de subvención:60.000 euros.
Máximo porcentaje subvencionable:50% de los gastos incentivables.
Plazo y lugares de presentación de solicitudes:
- Plazo: Será de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a la publicación de la Orden de convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.
Las solicitudes se dirigirán al Consejero de Economía, Hacienda y Seguridad, en el modelo oficial que se inserta como Anexo I en la Orden de convocatoria, disponible también en la web que la Consejería de Economía, Hacienda y Seguridad tiene habilitada en la dirección de Internet:www.gobiernodecanarias.org/hacienda, Temas: "Empresas"
- Lugares de presentación de solicitudes:Direcciones y teléfonos de la Dirección General de Promoción Económica:
Las Palmas
C/Fernando Guanarteme, nº 2
Teléfonos: 928.30.30.00 ext. 84209 / 84213
Fax: 928 30.30.87
35007 Las Palmas de Gran Canaria
Tenerife
Avda. José M. Guimerá, nº 10 Edificio Usos Múltiples II, planta 0, 38003 Santa Cruz de Tenerife
Teléfonos: 922.47.66.76 y 922.47.54.97
Fax: 922.47.65.91
La presentación también podrá realizarse en los registros y oficinas a que se refiere el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común
IMPRESOS A CUMPLIMENTAR
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